Facilidad para la no emisión del CFDI con Complemento para Pagos
El pasado 17 de septiembre del presente año, el SAT ha difundido en su página de internet la facilidad para la no emisión del CFDI con Complemento para Recepción de Pagos (CRP); la cual puede efectuarse cuando se cumpla con las siguientes condiciones:
Se emita el CFDI con el método de pago “PUE” (Pago en una sola exhibición), aunque aún no se haya pagado .
El cobro de la factura se realice antes del día 17 del mes siguiente a aquél al que se haya emitido la factura .
Indicar la forma en que se realizará el pago (Transferencia, cheque, etc.)
Los impuestos trasladados se acreditarán en el mes en que efectivamente se paguen, aunque la factura tenga fecha del mes anterior.
Si la forma de pago cambia, se debe emitir un nuevo comprobante sustituyendo al anterior.
Si el documento no se liquida antes de la fecha señalada, se cancelará y se emitirá uno nuevo señalando como método de pago “PPD” (Pago en parcialidades o diferido) y el método de pago “99 Por definir”, relacionando el nuevo con el cancelado como “sustitución de documentos” .
Se emitirá el CFDI con CRP cuando el pago sea recibido.
Pago de impuestos de Personas Físicas
Las Personas Físicas con ingresos por actividades empresariales y profesionales, así como por arrendamiento, excepto los que utilicen “Mis Cuentas” y las Personas Físicas con actividades exclusivas del sector primario, deberán presentar los pagos de sus impuestos mediante la herramienta “Mi Contabilidad”, teniendo los siguientes dos mecanismos para utilizarla:
Manifestar sus ingresos y gastos amparados en el CFDI, con lo que se calculan en automático los impuestos. Esta opción no puede variarse en el año.
O, no clasificar los impuestos ingresando directo al apartado “Determinación del impuesto” indicando el impuesto que ellos mismos determinaron.
Puntos de interés especial:
El 1 de noviembre entrará en vigor el nuevo esquema de cancelación de facturas, las cuales sólo podrán cancelarse enviando una solicitud a través de la página del SAT o con un proveedor de certificación. El receptor recibirá el mensaje mediante su Buzón Tributario, teniendo 72 horas para aceptar o rechazar la solicitud de cancelación.
El IMSS, a través de un comunicado del IMCP, ha extendido el plazo para la presentación del dictamen de obligaciones en materia de seguridad social hasta el 15 de octubre de 2018.
El IMSS presentó el 18 de septiembre del presente año, la nueva versión del SUA; la cual ya cuenta con el historial de INPC con los valores ajustados a la nueva base Segunda Quincena de Julio 2018.
Nuestro mayor interés es continuar brindándole un servicio excepcional, de calidad , en atenderlo personalmente y para esto hemos evolucionado en el modo de hacer la contabilidad la cual reducimos hasta el 50 % en el tiempo de captura para que así nuestro enfoque sea usted.