Contadores en Cancún

Agosto 2025

Temas Fiscales y Contables

Volumen 10, número 8

Cómo deducir compras o gastos realizados por Internet

Una de las dudas frecuentes en este rubro es si las compras realizadas por Internet pueden deducirse de impuestos. Todo depende de que el gasto sea estrictamente indispensable para la obtención de ingresos, y de que se cumplan con los requisitos para su deducibilidad. Las compas o gastos realizados a través de comercio electrónico no tienen por qué ser diferentes, el hecho de hacer una compra de forma presencial o de forma virtual no inciden en la deducibilidad del gasto, siempre que se cumplan con los requisitos correspondientes. En la práctica puede presentarse el problema de la obtención de la factura por dicha erogación, pero no debe representar mayor reto. Será necesario verificar los mecanismos para la obtención de la factura y asegurarse, antes de realizar dicha compra, de que existan los mecanismos idóneos para obtenerla. Es importante, como ya indicó, que además de obtener la factura, se cumplan con los demás requisitos de deducción como los medios de pago y registro contable correspondiente, ente otros. Fuente: Fiscalía.

A partir de septiembre, Opinión de Cumplimiento IMSS solo por Buzón

El IMSS ha informado a través de su portal oficial que, a partir del 1 de septiembre de 2025, la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de seguridad social solo podrá ser generada mediante el Buzón IMSS. Esta medida representa un paso más en la digitalización de trámites y en la consolidación del Buzón IMSS como canal oficial de comunicación entre el Instituto y los patrones o sujetos obligados. El IMSS exhorta a todos los contribuyentes que aún no cuenten con su Buzón activado, a hacerlo a la brevedad ingresando al portal oficial: www.imss.gob.mx/buzonimss. La Opinión de Cumplimiento es un documento indispensable para diversos trámites, licitaciones y contratos con entidades gubernamentales, por lo que contar con el Buzón IMSS activo será requisito obligatorio para continuar con su obtención. Estas son algunas recomendaciones prácticas para los contribuyentes: Activar cuanto antes el Buzón IMSS, en caso de no haberlo hecho. Verificar que los medios de contacto registrados (correo electrónico y teléfono celular) estén actualizados. Consultar periódicamente el Buzón para estar al tanto de notificaciones oficiales. Realizar pruebas de generación de la Opinión de Cumplimiento antes del 1 de septiembre para familiarizarse con el nuevo proceso. Para más información o activar tu Buzón, visita el portal oficial: www.imss.gob.mx/buzonimss. Fuente: Fiscalía.

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