Contadores en Cancún

Volumen 5, nº15
Junio 2020

Vence plazo para declaración anual de personas físicas 2019

La presentación de la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2019, vence el 30 de junio de 2020. Quienes presenten su declaración con posterioridad esta fecha, deberán pagar el impuesto con la actualización y recargos que, en su caso, corresponda. Asimismo, quienes deseen pagar su impuesto anual en parcialidades, deben pagar la primera parcialidad a más tardar el 30 de junio de 2020.

Plataformas Tecnológicas

A partir del 1 de junio de 2020 entró en vigor el nuevo esquema mediante el cual las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México por medio de aplicaciones, están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por sus servicios.

Preguntas frecuentes sobre aviso de socios y accionistas al RFC

Las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC deberán presentar un aviso con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento, a más tardar el 30 de junio de 2020. La autoridad difunde un documento con preguntas y respuestas sobre este trámite. Se detallan algunas preguntas: 1.- ¿Quiénes deben presentar el Aviso de actualización de socios o accionistas? Respuesta: Las personas morales, cada vez que se realice una modificación o incorporación de sus socios o accionistas . 2.- Si soy una persona moral que no tengo actualizada la información de mis socios y accionistas, ¿cuál es el plazo para presentar el aviso? Respuesta: Por única ocasión, a más tardar el 30 de junio de 2020 3. En caso de que se realice una modificación o incorporación de socios o accionistas, ¿cuál es el plazo para presentar el aviso? Respuesta: Dentro de los 30 días siguientes a que se realice la modificación o incorporación de socios y accionistas. 4.- ¿Cuál es el medio para presentar el aviso de actualización de socios o accionistas? Respuesta: El aviso se presenta a través de un caso de aclaración directamente en el Portal del Servicio de Administración Tributaria, al cual podrás accesar con tu RFC y Contraseña en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente 5- ¿Qué requisitos debo cumplir para presentar el aviso? Respuesta: Únicamente deberás adjuntar digitalizado el documento protocolizado en el que consten las modificaciones, así como la incorporación de sus socios o accionistas. 6.- ¿Qué documentos son considerados idóneos para proporcionar la información sobre los socios y accionistas? Respuesta: Las actas de asamblea aprobadas por la Asamblea General de Accionistas, o bien, cualquier otro documento reconocido en la legislación aplicable o en los propios estatutos sociales de la persona moral, debidamente protocolizadas. Para mayor información lo invitamos a visitar la siguiente página: www.sat.gob.mx

Conoce más sobre nuestro despacho de contadores en Cancún.

Lee más sobre nuestro boletín.