En la Ley del ISR se establecen las deducciones a que tienen derecho las personas físicas cuando obtienen ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles. A continuación se enumeran de forma resumida.
Impuesto predial y contribuciones locales
Gastos de mantenimiento
Intereses reales sobre préstamos
Salarios, comisiones y honorarios
Primas de seguros
Inversiones en construcciones
En sustitución de estas deducciones tienen la opción de deducir el 35% de sus ingresos, sin comprobante fiscal ni mayores requisitos, además del impuesto predial.
En base a lo antes expuesto no son deducibles gastos como los de oficina y papelería, o bien, aquellos servicios como luz, agua o gas, que se utilizaran en la oficina en donde se administran las rentas.
Mayo y junio son los meses en que tiene lugar la entrega de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades, prestación que consiste en la entrega a los trabajadores del 10% de la utilidad fiscal (para efectos de PTU) por el patrón en el año anterior.
Las utilidades correspondientes a 2020, que se reparten en 2021, que no sean reclamadas por el trabajador en el plazo a que tiene derecho, se deberán adicionar a la utilidad del 2022 que se repartiría en 2023. El monto de PTU que no sea cobrada en el ejercicio, no podrá disminuirse de la utilidad para efectos del ISR del patrón. En su caso, se podrá disminuir en el ejercicio en que sea efectivamente pagada.
Para efectos de pagos provisionales esta utilidad se debe disminuir por partes iguales en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal, lo cual no representa mayor problema cuando se liquida la totalidad de la PTU en el mes de mayo. Cuando no toda la PTU se liquida en mayo, y se da de manera dispersa y paulatina el resto de los meses, en cada pago provisional se estarían disminuyendo cantidades diferentes apartándose de la indicación de la ley de que debe hacerse por partes iguales. Los patrones deben evaluar los controles que deberán implementar para el más eficiente manejo y control de saldos de esta prestación, y estar en condiciones de tener la información suficiente y precisa para la determinación de los pagos provisionales, anuales y, eventualmente, para el llenado de la declaración del ejercicio 2021.