Los obligados a presentar la Declaración Anual son las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos: Sueldos, salarios y asimilados; Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios); Simplificado de Confianza; Arrendamiento; Enajenación de bienes; Enajenación de acciones en bolsa de valores; Adquisición de bienes; Intereses; Premios; Dividendos; Demás ingresos; ISR REFIPRES; RIF con Coeficiente de Utilidad. La Declaración Anual se presenta en el mes de abril del año siguiente al que corresponda el pago.
En cuanto al Régimen de sueldos y salarios la Declaración Anual se presentará en estos casos: Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año;
Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año; Cuando dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate;
Cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos y solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual; Si tienes algún otro régimen fiscal además de sueldos y salarios e intereses.
Si te estás preparando para solicitar la devolución de ISR recuerda contar con todos los comprobantes fiscales aplicables para deducciones.