Contadores en Cancún

Volumen 6, nº6
Mayo 2021

Combinación de RAEP, RPD y RFN ¿Qué formato de pagos provisionales utilizo?

Si un contribuyente percibe ingresos por conceptos distintos o adicionales a los obtenidos mediante plataformas digitales, y no optó por pagos definitivos, éste deberá presentar su declaración a través de Sistema de Declaraciones y Pagos (SDP) ‘Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial y Profesional’. Por otro lado,  cuando un contribuyente deje de percibir ingresos por actividades distintas o adicionales a plataformas digitales, deberán presentar sus pagos de IVA a través de la ‘Declaración de pago del IVA personas físicas plataformas tecnológicas’, a partir del mes en el que esto suceda. Si un contribuyente que no optó por pagos definitivos y aplica el estímulo frontera a los ingresos obtenidos mediante plataformas digitales, deberá realizar su pago provisional de ISR a través del sistema ‘Declaración de ISR Personas Físicas, Actividad Empresarial RF” y el pago del IVA a través de ‘Declaración Impuesto al Valor Agregado RF”. En caso de que se dejen de aplicar los estímulos durante el ejercicio, el contribuyente deberá presentar sus pagos provisionales de ISR y pagos de IVA, desde el inicio del ejercicio o desde el inicio de operaciones, a través de la ‘Declaración de pago del ISR personas físicas plataformas tecnológicas” y de la ‘Declaración de pago del IVA personas físicas plataformas tecnológicas’, a partir del mes en el que esto suceda.   Cuando una persona obtiene ingresos en el RPD y además aplica el estímulo frontera, el contribuyente debe presentar su declaración desde inicio del periodo hasta que abandonó la aplicación del estimulo usando la ‘Declaración de pago del ISR personas físicas plataformas tecnológicas”.

Simplificación en IMSS para sustitución patronal e informes de outsourcing

En días pasados, el IMSS dio a conocer medidas de simplificación para facilitar la implementación de la reforma en materia de subcontratación laboral. El esquema simplificado reduce a la mitad el número de requisitos para el trámite de sustitución patronal, el cual podrá realizarse en línea. Asimismo, para la obligación de informar sobre los contratos celebrados por empresas que prestan servicios y obras especializadas, el IMSS pondrá en operación un sistema que solicitará al contratista un mínimo de datos relacionados con el contrato, las partes del contrato y los trabajadores que participarán en el cumplimiento del mismo. Eliminando los relacionados con el acta constitutiva, del Registro Público de la Propiedad y Comercio; y del domicilio donde se prestarán los servicios.

Patrones están exceptuados de repartir PTU

La Ley Federal del Trabajo establece algunas excepciones de la obligación de repartir utilidades, tales como: Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (calificado por SECOFI), durante los dos primeros años de funcionamiento.; Empresas de nueva creación, de la industria extractiva, durante el período de exploración; Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios; El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; Las empresas que tengan capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio.

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