Contadores en Cancún

Mayo 2024

Volumen 9, número 5

Patrones que están exceptuados de repartir PTU

Quedan exceptuados de la obligación de repartir utilidades: Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento, Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo (calificado por SECOFI), durante los dos primeros años de funcionamiento, Empresas de nueva creación, de la industria extractiva, durante el período de exploración. Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios. El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia. Las empresas que tengan capital menor al que fije la STyPS por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. Dicha Secretaría establece que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al ISR no superior a $300,000. Fuente: Fiscalía.

CLABE errónea en mi declaración anual ¿Rechazo de devolución?

En el llenado de la devolución automática de la Declaración Anual, se solicita al contribuyente ingresar la CLABE de la cuenta bancaria en la cual se depositará el monto obtenido a favor. No obstante ¿Qué sucede si la CLABE ingresada es errónea? De acuerdo con la PRODECON, “la autoridad fiscal está obligada a verificar los datos de la cuenta bancaria que el contribuyente proporciona. De esto se concluye que la autoridad: no puede automáticamente negar la obligación de pago del saldo a favor con el único argumento que los datos de la CLABE son erróneos. en caso de efectuar el depósito del saldo a favor a una cuenta bancaria que no corresponde a las propias del contribuyente, la autoridad deberá, aun así, depositar al contribuyente que era efectivamente acreedor del saldo a favor. El plazo de devolución se suspenderá cuando no sea posible efectuar el depósito en la cuenta proporcionada por el contribuyente: por ser inexistente la cuenta, haberse cancelado, cuando el número de la cuenta proporcionado por el contribuyente sea erróneo. Es probable que las solicitudes de devolución de saldo a favor de personas físicas se encuentren en proceso, en consecuencia, identificar el actuar de la autoridad es importante para obtener una respuesta favorable al final de esta temporada de impuestos. Fuente: Fiscalía

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