A través del anteproyecto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en el Resolutorio Quinto, se otorga una prórroga hasta el 31 de marzo de 2023 para continuar emitiendo CFDI de nómina en versión 3.3, con complemento de nómina versión 1.2. La información ha sido ampliamente difundida y, por supuesto, la misma ha llegado a medios no especializados en donde, por la forma en que la información se está presentado, puede dar una idea equivocada de que todo el CFDI versión 4.0 ha sido prorrogado hasta el 1 de abril de 2023, idea que resulta incorrecta, puesto que claramente la prórroga para el uso del CFDI versión 3.3. es única y exclusivamente aplicable a los comprobantes de nómina.
Por lo anterior, es necesario que los contribuyentes tengan presente que solamente quedan dos meses (noviembre y diciembre) para continuar utilizando el CFDI 3.3 para documentar todas aquellas operaciones que no sean de nómina. En este sentido, deben continuar los esfuerzos por adecuar los sistemas y los procedimientos administrativos para estar en condiciones de utilizar el CFDI 4.0 a partir del 1 de enero de 2023, salvo que la autoridad otorgue otra prórroga generalizada para todo tipo de CFDI. Fuente: Fiscalia
En relación con la reciente iniciativa de reforma de diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de vacaciones dignas, se destaca que uno de los temas que causaban inquietud entre empresarios y trabajadores ha sido la entrada en vigor de esta reforma. Por lo cual, para la agenda legislativa del Senado del 18 de octubre de 2022, en dictamen de primera lectura la Iniciativa se ha agregado un artículo transitorio a través del cual se propone que la entrada en vigor de esta forma sea el 1 de enero de 2023.
Esto es importante porque los patrones requieren de tiempo para realizar los ajustes a sus sistemas contables, a sus sistemas de nómina, a sus políticas de vacaciones, a realizar las campañas informativas a sus trabajadores y, sobre todo, para realizar los ajustes contables a las provisiones de estos gastos. Fuente: Fiscalia