A través de la página del SAT, en el apartado de la documentación técnica del CFDI 4.0, se establece que la vigencia de esta nueva versión inicia a partir del 1 de enero de 2022, existiendo un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de abril de 2022. Por tanto, será a partir del 1 de mayo de 2022 que se deje de utilizar la versión 3.3 y se generalice la obligación de emitir la versión 4.0. Fuente: Fiscalía
Con fecha del 8 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que fija los salarios mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del 1 de enero de 2022. A través de esta resolución se oficializa la noticia sobre el incremento del 22% en salarios mínimos para 2022, aprobado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI). Asimismo, se dan a conocer los salarios mínimos profesionales cuyas profesiones son exactamente las mismas que para 2021. No hay cambios en esta materia, solamente se actualizan los montos de los salarios en un 22% más que para 2021. En lo que respecta a los salarios mínimos profesionales en zona fronteriza, todos los oficios se igualan a un mínimo de $260.34, que es el mínimo general, salvo por los oficios de reportero, que se fija en $387.09 diarios.
Fuente: Fiscalía
Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario por lo menos; sin embargo, los patrones pueden acordar otorgar un aguinaldo mayor al mencionado.
Como se comenta anteriormente, si el trabajador completó un año de servicios, tiene derecho a un aguinaldo de cuando menos 15 días de salario. Si no completó un año de servicios tiene derecho a un aguinaldo proporcional al tiempo laborado en relación con el total de días en el año calendario.
La cuota diaria utilizada para determinar el monto de aguinaldo puede ser percibida por el trabajador en tres formas: Salario fijo, variable o mixto. Cuando el salario es fijo, la cuota diaria se puede determinar dividiendo el salario mensual entre 30 días, y el resultado será la cuota diaria de aguinaldo. Cuando el salario es variable, se suma el total anual de sueldo percibido mensualmente, el total se divide entre 12 para obtener el promedio mensual, y una vez obtenido el salario promedio mensual, éste se divide entre 30 para determinar la cuota diaria de aguinaldo. Para el caso de trabajadores que no tienen el año completo laborado, se puede tomar el total anual de estas percepciones y dividirlas entre el número de días laborados. Cuando el salario es mixto, se tiene un parte fija y una variable. Cada una de estas partes se determina de acuerdo con lo comentado anteriormente y los dos resultados se suman para obtener la cuota diaria de aguinaldo.
Fuente: Fiscalía