Se ha ampliado el periodo de convivencia opcional de la nueva versión (3.3) hasta el 31 de diciembre de 2017; siendo obligado su uso a partir del 1 de enero de 2018.
Por otro lado, la aplicación del Complemento de Pagos será obligatorio a partir del 1 de abril de 2018; y el esquema de cancelación de facturas entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2018. Además, que hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia en el registro de la clave de unidad y/o clave del producto o servicio, no se considerará infracción; siempre que se describa de manera correcta el citado producto , servicio o unidad de medida en los campos “Descripción”, “Cantidad” y “Unidad” del CFDI.
Acreditación de cumplimiento de obligaciones
De acuerdo al Ordenamiento Tributario Federal, el contribuyente debe demostrar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; proporcionando en forma completa, correcta y oportuna la información que acredite con el cumplimiento. Por lo que en el ejercicio de facultades de comprobación, visita domiciliaria, la fiscalizadora no está obligada a requerir a la CNBV que le proporcione la documentación relacionada al cumplimiento de las obligaciones del contribuyente que está siendo sujeto a revisión.
Obligaciones Fiscales para fin de año
La Ley del ISR establece que las Personas Morales deben formular un estado de posición financiera y levantar inventarios de existencias a la fecha del término del ejercicio.
El inventario podrá anticiparse hasta el último día del mes anterior a la fecha de terminación del ejercicio. Sin embargo, deberá de realizar la corrección correspondiente al cierre del ejercicio, para determinar el saldo. Además, que se debe documentar las pruebas correspondientes para que puedan ser utilizados como sustento probatorio en una revisión del SAT.